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Multan a Ford por vender autos sin certificados de cumplimiento ambiental

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La empresa deberá pagar más de 18 millones de pesos

Ciudad de México.- La Prouraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) ha multado a Ford Motor Company en México con más de 18 mdp por vender 4 mil 690 vehículos modelo 2015 y 2016 sin los certificados correspondientes de cumplimiento ambiental. 

Según un comunicado emitido por la dependencia, la multa se impuso por cada certificado que no se obtuvo antes de haber importado y/o comercializado vehículos marca FORD y LINCOLN, año modelo 2015 y 2016, en el territorio nacional.

Con ello, dijo la Profepa, se está imponiendo una penalidad global de acuerdo a lo señalado en la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA).

La autoridad ambiental detalló que el pasado 25 de febrero realizó una visita de inspección a la empresa a fin de verificar que los vehículos automotores nuevos, año 2015 y 2016, contaran con el Certificado en comento, previo a su venta.

En el lugar, los inspectores federales constataron que Ford importó y comercializó 4 mil 690 vehículos automotores año modelo 2015 y 2016, sin haber obtenido previamente el Certificado NOM de Cumplimiento Ambiental de las normas antes referidas.

La Profepa aseguró que vigilará que la industria automotriz en México cumpla con la normatividad ambiental y que no comercialicen vehículos en el territorio nacional sin contar con el Certificado NOM de Cumplimiento Ambiental que expide la dependencia.

El Certificado NOM de Cumplimiento Ambiental es un documento de validez oficial, por medio del cual la Profepa hace constar que los vehículos y motores nuevos cumplen con los límites máximos permisibles establecidos en las Normas Oficiales Mexicanas.

La responsabilidad del Estado Mexicano es garantizar la buena calidad del aire, por lo que la Profepa a puesto mayor énfasis en la vigilancia de empresas que fabrican o importan vehículos nuevos, para determinar que respeten los límites máximos permisibles de emisiones de gases, partículas, hidrocarburos evaporativos, la opacidad de humo y ruido.

Las verificaciones de la Profepa se basan en las Normas Oficiales Mexicanas establecidas: NOM-042-SEMARNAT-2003, NOM-044-SEMARNAT-2006, NOM-076-SEMARNAT-2012 y NOM-079-SEMARNAT-1994, a fin de que no originen más contaminantes atmosféricos y de ruido, que deterioren la calidad del ambiente en el país.

El Certificado NOM debe obtenerse antes de la importación definitiva o comercialización en el territorio nacional de los vehículos nuevos, cuyo peso bruto vehicular no exceda los 3.857 kilogramos, y que utilizan gasolina de petróleo, gas natural o diesel como combustible.

Tal documento es intransferible y se expide por líneas de vehículos automotores y año-modelo, además sólo se otorga a fabricantes e importadores mexicanos y de otro país con los que el gobierno haya suscrito algún acuerdo, convenio o tratado comercial.

De acuerdo con el Programa de Evaluación de Vehículos Nuevos para América Latina y el Caribe (Latin NCAP), el 80 por ciento de los autos que México fabrica con los mejores estándares de seguridad vehicular los exporta a América del Norte y Europa, y el 20 por ciento que se queda en territorio nacional cuenta con niveles de seguridad inferiores e incluso con tecnología obsoleta porque el marco normativo no se lo exige.

Entre las marcas con los mayores índices de muertes de los conductores, de acuerdo con el estudio de Latin NCAP, el Tsuru se encuentra entre las tres principales con el mayor índice de siniestros fatales y cuenta con el peor índice de mortalidad.

Por su parte, el Poder del Consumidor explicó que si la industria automotriz desea introducir sus productos a un mercado que no le exige regulaciones en cuanto a seguridad vehicular, como México, la industria sabe que en esa nación puede ahorrarse tecnologías que se le exigirían a su producto en la Unión Europea, Canadá o Estados Unidos, y comercializarlo sin ningún problema.

De acuerdo con especialistas consultados por la organización, los fabricantes en otros países pagan por una bolsa de aire 875 pesos; por un sistema de frenos antibloqueo entre mil 440 a 6 mil 200 pesos, y por control electrónico de estabilidad entre 540 y mil 080 pesos.

Pero en México la fórmula es simple: vender algunos autos muy baratos porque, al no cumplir con ningún estándar de seguridad, sus costos de producción se reducen. Es el caso del Nissan Tsuru o el General Motors Aveo, los dos modelos más vendidos en México entre 2012 y 2015, de acuerdo con Latin NCAP. En el primer trimestre de 2016, reportó la Asociación Mexicana de la Industria Automotriz (AMIA), Nissan encabezó las ventas de vehículos ligeros con un 25.9 por ciento, seguido de General Motors con un 16.8 por ciento.

Las empresas de la industria automotriz con presencia en México son Nissan, General Motors, Volkswagen, Fiat y Chrysler, Toyota, Honda, Ford, Mazda, Kia y Hyundai.

Diversas organizaciones han señalado que las regulaciones encargadas de la seguridad en México son dos, pero están obsoletas:

–NMX-D-148-1979 Data del año 1979 y define cómo calcular la distancia de frenado de un auto. Por su fecha de elaboración ignora los grandes avances que se han logrado en la tecnología de frenado.

–NOM-119-SCFI-2000 Hecha en 2000, da las especificaciones de los cinturones de seguridad con que debe de contar un automóvil. De acuerdo a esta norma se pueden colocar cinturones de dos puntos (pélvicos), que por los daños que han causado en impacto frontal se han dejado de usar desde hace ya varios en años en Estados Unidos y Europa.

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