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Inimpugnable la Constitución, aprueba el Senado.

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La inconstitucionalidad de normas generales que se resuelvan mediante el juicio de amparo no tendrán efectos generales en ningún caso, dispuso el Senador de la República al aprobar el dictamen para reformar la Ley de Amparo y la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la propia Constitución Política, con el fin de armonizarlas con las reformas constitucionales en materia judicial.

Con 67 votos a favor y 30 en contra, la asamblea aprobó en lo general el proyecto para modificar la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política, y precisa la reducción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de once a nueve ministros.

La aprobación se dio por 67 votos a favor, 30 en contra y cero en abstención, adecuando también la terminología usada en el texto de la ley a los conceptos establecidos en el texto constitucional vigente, como Tribunal de Disciplina Judicial, Órgano de Administración Judicial (antes Consejo de la Judicatura Federal), entre otros, y derogando además las disposiciones relativas a las salas.

Las senadoras María Martina Kantún Can, de Morena y Amalia Dolores García Medina, de MC, presentaron modificaciones al documento, pero fueron rechazadas por la asamblea, por lo que el proyecto quedó en los términos del dictamen, aprobado en lo particular con 67 votos a favor y 30 en contra y enviado a la Cámara de Diputados.

Por el PRI, Claudia Edith Anaya Mota advirtió que “quitar los efectos generales a las sentencias de juicios de amparo constitucionales impedirá que las minorías tengan acceso a la justicia y que sólo los más ricos puedan acceder a ella; no quieren que la gente pobre tenga acceso a la justicia”, lamentó.

El senador Javier Corral, presidente de la Comisión de Justicia, explicó que se trata del proyecto de decreto que modifica la Ley de Amparo, Reglamentaria, en las que se establece que para avalar asuntos que requieren mayoría calificada en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), se necesitarán seis votos de los ministros.