Este lunes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) eliminó la objeción de conciencia de la Ley General de Salud y los ministros acordaron invitar al Congreso a cambiar la ley para establecer límites suficientes para garantizar que el ejercicio de este derecho no afecte el de otros derechos, principalmente el de la salud.
Durante la sesión de este martes, el Pleno concluyó el análisis de la objeción de conciencia y estableció que sólo enviará un exhorto al Congreso de la Unión, que no incluirá ningún tiempo límite, para que regule adecuadamente la objeción de conciencia.
La figura fue eliminada de la Ley General de Salud porque los ministros de la Corte consideraron que los límites establecidos eran insuficientes y podía representar un riesgo para otros derechos, principalmente, para el derecho de las mujeres a decidir sobre el aborto.
En la discusión, el ministro ponente Luis María Aguilar Morales informó que anoche entregó a sus compañeros una propuesta para establecer los lineamientos que el Congreso puede seguir para regular adecuadamente la objeción de conciencia.
Sin embargo, ante la premura para concluir el asunto, los ministros no debatieron públicamente sobre esta propuesta sino que acordaron que enviarán sus opiniones a Aguilar Morales, quien al redactar la versión final de la sentencia, las tomará en consideración.
Indicaron además que notificarán al Congreso de la Unión, a las legislaturas locales y al Poder Ejecutivo para que no se aplique el artículo 10 Bis de la Ley General de Salud.
Mientras esto ocurre, el artículo seguirá vigente, pero una vez que la sentencia esté debidamente notificada y cause efectos, corresponderá al Congreso de la Unión decidir cuándo va a legislar sobre el tema.
Los ministros no especificaron qué regulación aplicará entre la notificación legal y la aprobación de los nuevos lineamientos para ejercer la objeción de conciencia.