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Juez concede primera suspensión provisional a registro de datos biométricos

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Juan Pablo Gómez Fierro, juez Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones de la Ciudad de México concedió la primera suspensión provisional en contra del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, debido a que este podría afectar “el derecho al libre acceso a información plural y oportuna”, establecido en el artículo 6 de la Constitución.

El juzgado federal otorgó la medida cautelar al no advertir la relación directa entre dicho padrón con una mejor investigación y persecución de los delitos por parte de las autoridades, por lo que las compañías telefónicas no podrán obligar al promovente del juicio de amparo a que proporcione sus datos personales y biométricos para poder contratar o registrar una línea telefónica y tampoco cancelarle el servicio.

Con base en la argumentación utilizada por Gómez Fierro, la medida de dar los datos biométricos podría “no ser idónea” para el fin que se persigue, sobre todo porque las autoridades deben cumplir con su función de investigar los delitos y ello no depende necesariamente de que los usuarios de telefonía móvil estén obligados a facilitar sus datos biométricos como el iris, la retina, el rostro o huella digital.

“No se aprecia cómo es que la entrega de esos datos personales, como excepción al principio de su protección, podría influir de manera positiva en las actividades de seguridad pública que el estado está obligado a desplegar e incluso, no se entiende en qué medida se podría ver favorecida la investigación y persecución del delito, pues la entrega de aquellos datos personales no constituye una condición necesaria para que las instancias respectivas investiguen más o mejor” se lee en la resolución judicial.

 

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