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Ley de consumo lúdico de la marihuana se votará este martes

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Las comisiones de Justicia y Salud de la Cámara de Diputados aprobaron este lunes el dictamen que regula el consumo lúdico de mariguana en el país, el cual se enviará el martes al pleno para su debate y votación definitiva.

Con 34 votos a favor y 11 en contra y 10 abstenciones, los diputados de dichas comisiones validaron la iniciativa, que ya fue aprobada por el Senado en noviembre pasado y que está pendiente de ser ratificada por la Cámara de Diputados.

La regulación del consumo de la mariguana obedece a un mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que en 2018 declaró inconstitucional la prohibición del consumo recreativo de cannabis.

Después de tres aplazamientos, el alto tribunal estableció el 30 de abril de 2021 como fecha límite para que el Congreso regulara este asunto.

El dictamen crea la Ley Federal para la Regulación del Cannabis y modifica la Ley General de Salud y el Código Penal para legalizar el cultivo, la producción, el consumo, la distribución, la industrialización y la venta de la mariguana bajo control federal.

La iniciativa, aprobada en el Senado el 19 de noviembre del año pasado, permite fumar mariguana sin presencia de menores, poseer hasta ocho plantas por domicilio y crear asociaciones de fumadores con un máximo de 50 plantas.

También establece un sistema de licencias para la siembra, el cultivo, la cosecha y la venta de mariguana y derivados con cannabis no psicoactivo.

El texto aprobado en el Senado también preveía la creación del Instituto Mexicano de Regulación y Control de Cannabis, pero los diputados tumbaron esta propuesta y establecieron que el ya existente Consejo Nacional contra las Adicciones (Conadic) regule la normativa sobre mariguana.

La regulación, que previsiblemente se aprobará el martes en la Cámara de Diputados, ha sido recibida con suspicacias por organizaciones defensoras del consumo lúdico de mariguana ya que no se despenaliza del todo su posesión.

La legislación prevé multas por portar entre 28 y 200 gramos, y penas de prisión de hasta 15 años por portar más de 300 gramos.

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