La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que todas las familias mexicanas deben tener el derecho a decidir el orden de cada uno de los apellidos de sus hijos, siempre y cuando esto se haga en común acuerdo.
La propuesta fue del ministro Arturo Zaldíval y por mayoría de tres votos los ministros de la Primera Sala determinaron que el artículo 58 del Código Civil para la Ciudad de México, se obtuvo que el orden de los apellidos del menor es discriminatorio y atenta contra lo estipulado en la Constitución.
Sin embargo, Zaldívar Lelo de Larrea indicó que la decisión de los padres de elegir el orden de los apellidos de sus hijos está protegida por la Carta Magna y que ya se encuentra tutelada por el derecho al nombre, en relación con el derecho a la vida privada y familiar.
Posteriormente, el único voto contra esta iniciativa fue del ministro Jorge Pardo Rebolledo, quien explicó que el Código Civil no estableció de forma directa el acomodo de los apellidos.